El Ministerio Público Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires (MPF) es un órgano del Poder Judicial con un/a Fiscal General a cargo. El MPF está integrado por fiscales y trabajadores/as que los/as asisten, para investigar y presentar las pruebas a los juzgados, y así determinar la culpabilidad o inocencia.
El MPF tiene como función defender los intereses generales de la sociedad y perseguir los delitos, contravenciones y faltas, según lo determina la Constitución, leyes de la Ciudad y criterios generales de actuación del/la Fiscal General.
El Ministerio Público Fiscal actúa de oficio o por una denuncia que presente cualquier persona en temáticas sobre:
Primero se recibe la denuncia por las distintas vías, incluso online o por teléfono, y se la analiza para saber si el hecho constituiría o no un delito. El/la fiscal puede investigar el hecho. En su caso, si no es un delito, contravención o falta se archiva pero puede sugerirse alguna otra vía legal.
Si el MPF tiene elementos para continuar el caso entonces puede recolectar las pruebas, por ejemplo entrevistar testigos, pedir informes a organismos públicos y privados. También inspeccionar lugares y objetos, pedir pericias, el secuestro de elementos de prueba y demás medidas de investigación previstas por la ley.
Cuando el MPF reúne elementos suficientes para sospechar que una persona es autora de los hechos denunciados, puede citarla para declarar en una audiencia, previa comunicación, a la que puede asistir con su abogado/a o defensor/a oficial.
La persona citada puede o no declarar sin que implique una presunción en su contra y sin tener la obligación de decir la verdad, según art.18 de la Constitución Nacional. Lógicamente, no todos los casos ameritan celebrar esta audiencia ni llegan a juicio oral. En ciertos casos el conflicto puede ser resuelto de modo más útil mediante el acercamiento de las partes con un/a mediador/a judicial.
También puede acordarse con el/la imputado/a la suspensión del proceso penal o contravencional a cambio del cumplimiento de una serie de reglas de conducta que beneficien a la comunidad y del ofrecimiento de la reparación del daño causado a la víctima. A esto se lo conoce como Probation.
DELITOS: Portación, tenencia y suministro ilegal de armas de fuego de uso civil. Lesiones. Abandono de personas. Omisión de auxilio. Exhibiciones obscenas. Ejercicio ilegal de la medicina. Violación de domicilio. Malos tratos y actos de crueldad a los animales. Daños. Uso de armas y explosivos en espectáculos públicos. Justificación o promoción de actos discriminatorios. Incumplimiento de deberes de asistencia familiar. Usurpación. Amenazas. Estafa a través de medios informáticos.
CONTRAVENCIONES: Difusión no autorizada de imágenes o grabaciones íntimas. Uso indebido del espacio público con fines lucrativos. Oferta y demanda de sexo en espacios públicos. Cuidar coches sin autorización. Ruidos molestos. Violación de una clausura impuesta por autoridad judicial / administrativa. Conducir en estado de ebriedad o bajo efecto de estupefacientes. Hostigamiento.
FALTAS: Bromatológicas o alimentos en infracción. Higiene y sanidad. Ambiente. Residuos patogénicos. Seguridad y prevención de siniestros. Tránsito. Actividades constructivas. Publicidad prohibida. Derechos del consumidor. Protección de niños, niñas o adolescentes.